Aprobado el Anteproyecto de Ley de Protección al Informante
¡Por fin ha llegado el día! El pasado 17 de diciembre terminaba el plazo para que los países de la Unión Europea transpusieran en su normativa la citada Directiva Europea Whistleblowing.
España se ha puesto las pilas y el 4 de marzo de este 2022 aprobó el Anteproyecto de Ley de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Con respecto a las indicaciones de esta Directiva, la Ley española la ha adaptado para que sea más exigente y efectiva. Por tanto, hay ciertas novedades y aspectos que debemos entender bien para aplicar correctamente la Ley.
Sistema Interno de Información
Uno de los principales cambios que propone esta adaptación de la Directiva es el término de Sistema Interno de Información.
El Sistema Interno de Información es un canal de comunicación que permite a informantes enviar alertas sobre sospechas de mala conducta o infracciones que se estén cometiendo en el seno de una empresa. También es conocido como Canal de Denuncias.
Autoridad Independiente de Protección del Informante
De igual manera, se crea la Autoridad Independiente de Protección del Informante. Este órgano, al igual que sucede con la AEPD en materia de protección de datos, nace para supervisar y garantizar la protección del informante.
Este órgano, además, sirve como Sistema Interno de Información externo y estará disponible para que cualquier persona física que protege la actual Ley pueda remitir sus comunicaciones.
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